DIA DE LAS INSTITUCIONES DE CANTABRIA

LA CASA DE JUNTAS DE PUENTE SAN MIGUEL

La Casa de Juntas se ha reproducido fielmente a iniciativa del Ayuntamiento de Reocín, y fue inaugurada el 28 de julio de 1994, según una descripción hecha por Don Marcelino Sanz de Santuola, descubridor de las Cuevas de Altamira e ilustre hombre del pueblo.

Según nos dice Marcelino en su libro “ Breves apuntes de Puente San Miguel “, tenía las siguientes dimensiones.

“ … de norte a sur 28 pies y de saliente a poniente 32 y según noticias que le facilitaron los ancianos del pueblo, “el edificio era de piso bajo, con los costados del norte y poniente de sillería y  mampostería, sin ningún claro y los del sur y saliente cerrados con tornos de madera con objeto de que el público pudiera desde la parte exterior presenciar las sesiones. Su entrada estaba en el saliente.

En el interior había una mesa de piedra para la presidencia, algo elevada sobre el suelo y por los costados de las paredes asientos de piedra para los diputados”.

La Presidencia era ocupada por el Alcalde Mayor, situándose a su derecha el Diputado General y a la izquierda el Diputado o Alcalde del Valle de Reocín.

A la Casa de Juntas de Puente San Miguel, acudían los representantes de los valles para tratar muchos temas relacionados con la organización interna, el arreglo de puentes y caminos, la defensa militar, las cuentas y también llegaban las de los excesivos impuestos.

Aquellos Nueve Valles tuvieron la necesidad de redactar unas Ordenanzas para poder regirse. Estas Ordenanzas de la Muy Noble y Leal Provincia de los Nueve Valles fueron aprobadas por el Rey Felipe IV en 1645.

En 1759 los Nueve Valles de las Asturias de Santillana, decidieron hacer una reforma con el fin de mejorarlas. Estas Ordenanzas fueron aprobadas por el Rey Carlos III en 1760. En esta Ordenanzas aparecería como órgano capital las Juntas Generales, formadas por la representación de los Alcaldes y Diputados de cada valle.

Algunas de estas Ordenanzas ( 1760 ) se referían a:

1º.- La elección de San Miguel como patrono de la Provincia de los Nueve Valles  y la celebración de una misa en su honor al año.

2º.- La facultad para elegir cada año a uno de los nueve alcaldes y jueces de los Nueve Valles para que haga de Alcalde Mayor (tenía la facultad de convocar y presidir las Juntas) y Diputado General (encargado de los negocios y cuentas). Que se haga por sorteo, hasta que hayan servido todos y cumplido el turno volver a empezar.

3º.- A que cada valle nombrara a su diputado particular, cuya misión será concurrir a las Juntas Generales.

Otra ordenanza se refería a la custodia de los documentos de forma segura en un arcón de tres llaves.  Que la Casa de Juntas disponga de un archivo seguro, donde se conserven los reales privilegios, acuerdos y demás papeles importantes. Dicho archivo deberá tener tres llaves, una en poder del Alcalde Mayor, otra del Diputado General y la restante en el escribano de dicha provincia.

Una de las Ordenanzas más curiosas  es la que se refiere a la forma de las votaciones.

Se entrega a cada uno dos habas, una blanca y otra negra y poniéndose dos cántaros sobre la mesa de la sala, en los cuales cada diputado a de echar una en cada cántaro.

El cántaro mayor a la derecha de la Presidencia y el de menor tamaño a la izquierda. Si se quiere votar a favor de la propuesta echará la haba blanca en el cántaro de mayor tamaño y la negra en el de menor. Si por el contrario quiere denegar la petición, echará la negra en el cántaro mayor y la blanca en el menor.

La pretensión se decidirá por el mayor número de habas del cántaro mayor.

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